
En pocas palabras: la herencia en derecho es el proceso jurídico en el que una persona (heredero) recibe bienes, derechos y obligaciones de otra tras su fallecimiento. Esta guía explica con claridad y datos legales concretos todos los aspectos del proceso hereditario en España.
¿Qué significa exactamente “herencia” en Derecho?
En Derecho, la herencia es un proceso jurídico y patrimonial mediante el cual todos los bienes, derechos y obligaciones (patrimonio) de una persona fallecida (llamada «causante») se transmiten a sus herederos legítimos o designados.
Este proceso se denomina técnicamente como sucesión hereditaria, y está regulado en España por el Código Civil y por leyes autonómicas específicas.
La herencia incluye:
- Bienes materiales (propiedades, dinero, vehículos, etc.).
- Derechos (por ejemplo, derechos de autor o contratos).
- Obligaciones o deudas contraídas por la persona fallecida.
Ejemplo práctico:
Si una persona fallece dejando una casa, un vehículo, ahorros bancarios y una deuda por un préstamo personal, todo ello formará parte de su herencia. El heredero asumirá tanto los bienes como las deudas, salvo que renuncie expresamente a la misma.
Diferencias clave entre heredero y legatario
| Concepto | Heredero | Legatario |
| Recibe | Todos los bienes, derechos y obligaciones. | Bienes concretos y específicos. |
| Responsable | Sí, responde de las deudas del fallecido. | No, solo recibe activos, sin obligaciones. |
| Designación | Por testamento o ley (herederos legítimos). | Siempre por testamento. |
| Aceptación | Puede aceptar o rechazar la herencia. | Debe aceptar expresamente el legado. |
Tenemos otro post por aquí sobre diferencias entre herencia y legado que quizás te sea útil si quieres ampliar información.
Aspectos esenciales que determinan la herencia
- Causante: persona fallecida cuyo patrimonio se hereda.
- Herederos forzosos o legítimos: descendientes, ascendientes o cónyuge que deben recibir obligatoriamente una parte.
- Testamento: documento legal donde se expresa la última voluntad sobre cómo distribuir el patrimonio.
- Legítima: porción mínima obligatoria que deben recibir los herederos forzosos según ley.
Cómo funciona la sucesión hereditaria
La sucesión hereditaria es el proceso legal mediante el cual se transfieren los bienes, derechos y obligaciones de una persona fallecida a sus herederos o legatarios. Puede ocurrir con testamento (sucesión testada) o sin él (sucesión intestada), siguiendo unos pasos concretos y plazos legales obligatorios.
Tipos de sucesiones: testada e intestada
1. Sucesión testada (con testamento)
Es aquella en la que la persona fallecida dejó establecido mediante testamento cómo quiere distribuir su patrimonio tras su muerte.
- Ventajas:
- Mayor control y claridad en la repartición de bienes.
- Reduce conflictos familiares al quedar todo claramente estipulado.
- Mayor control y claridad en la repartición de bienes.
- Inconvenientes:
- Posibilidad de impugnación del testamento si hay dudas sobre su validez.
- Posibilidad de impugnación del testamento si hay dudas sobre su validez.
2. Sucesión intestada o «ab intestato» (sin testamento)
Se produce cuando la persona fallecida no dejó testamento o este no es válido, por lo que es la ley quien establece quiénes y cómo heredan.
- Ventajas:
- Claridad jurídica (regulada por ley de forma estricta).
- Claridad jurídica (regulada por ley de forma estricta).
- Inconvenientes:
- Menor control sobre quién recibe qué bienes.
- Posibles conflictos entre herederos legítimos.
- Menor control sobre quién recibe qué bienes.
Si quieres echar un vistazo, aquí hablamos más claramente sobre las diferencias entre sucesión testada e intestada.
Proceso legal de una sucesión hereditaria paso a paso
Sigue estos pasos exactos y numerados para una gestión eficaz:
- Obtención del certificado de defunción
(se solicita en el Registro Civil del lugar del fallecimiento). - Certificado de últimas voluntades
(Ministerio de Justicia, para comprobar si existe testamento). - Localización y obtención del testamento (si lo hay)
(Solicitado en la notaría correspondiente). - Inventario y valoración de bienes y deudas
(Inmuebles, cuentas bancarias, vehículos, inversiones y deudas). - Declaración de aceptación o renuncia de la herencia
(ante notario de forma expresa). - Liquidación del impuesto de sucesiones y donaciones
(ante la Agencia Tributaria autonómica correspondiente). - Inscripción de bienes en los registros pertinentes
(Registro de la Propiedad, Tráfico, etc.).
En este post hablamos con más detenimiento sobre los trámites de una herencia paso a paso, para que lo veas más detenidamente.
Plazos clave en la sucesión hereditaria
| Acción | Plazo límite recomendado |
| Solicitar certificado de defunción | Dentro de las 24-48 horas tras fallecer |
| Solicitar certificado últimas voluntades | Tras 15 días hábiles desde fallecimiento |
| Pago del impuesto de sucesiones | 6 meses desde el fallecimiento (ampliable) |
| Aceptar o rechazar la herencia | Sin plazo legal, pero recomendable dentro de los 6 meses |
| Inscripción de bienes heredados | Tan pronto como se haya aceptado formalmente la herencia |
¿Quiénes pueden heredar en España?
En España pueden heredar los designados en un testamento (sucesión testada) o, en ausencia de este, los familiares más cercanos según un orden claramente definido por ley (sucesión intestada): hijos, padres, cónyuge, hermanos, y otros familiares por orden de parentesco.
Herederos forzosos o legítimos: ¿quiénes son y qué derechos tienen?
Herederos forzosos o legítimos son aquellos familiares a los que la ley garantiza una parte mínima obligatoria de la herencia llamada legítima. No pueden ser excluidos salvo por causas muy específicas establecidas en el Código Civil.
¿Quiénes son los herederos forzosos en España?
- Hijos y descendientes (nietos, bisnietos…).
- En ausencia de descendientes, los padres o ascendientes.
- El cónyuge viudo siempre tiene derechos hereditarios (usufructo sobre parte de la herencia).
¿Cuánto reciben los herederos forzosos (legítima)?
| Tipo de heredero forzoso | Porcentaje mínimo que recibe (legítima) |
| Hijos o descendientes | 2/3 del total (un tercio legítima estricta, otro de mejora) |
| Padres o ascendientes | 1/2 o 1/3 según si existe o no cónyuge viudo |
| Cónyuge viudo | Derecho a usufructo (1/3 si hay hijos, 1/2 si padres, 2/3 si ninguno) |
¿Qué pasa si no hay testamento? Orden claro y breve de sucesión intestada
Si alguien fallece sin dejar testamento válido, el orden exacto según ley es:
- Hijos y descendientes (todos por partes iguales).
- Si no hay descendientes → padres o ascendientes.
- Si tampoco hay ascendientes → cónyuge viudo.
- En defecto de cónyuge → hermanos y sobrinos.
- A falta de hermanos/sobrinos → familiares colaterales hasta 4º grado (tíos, primos).
- Si no existe ninguno → la herencia pasa al Estado.
Testamentos: todo sobre la declaración de última voluntad
El testamento es el documento legal por el que una persona expresa su voluntad sobre cómo desea que se repartan sus bienes tras su fallecimiento. Existen varios tipos, siendo el más común el testamento notarial abierto. El testamento permite designar herederos, legatarios y albaceas, siempre respetando la legítima de los herederos forzosos.
Tabla comparativa con los tipos de testamentos en España
| Tipo de testamento | Características principales | ¿Es habitual? | ¿Puede impugnarse? |
| Abierto notarial | Se otorga ante notario, se lee en voz alta y se registra oficialmente. | Muy común | Sí, aunque difícil si bien redactado |
| Cerrado notarial | El contenido permanece secreto; se entrega al notario cerrado en sobre. | Poco habitual | Sí, si hay dudas de autenticidad |
| Ológrafo | Escrito a mano por el testador, sin notario. Debe validarse judicialmente tras fallecer. | Inusual | Sí, fácilmente impugnable |
| Testamento militar / marítimo / en peligro de muerte | Formas excepcionales reguladas por ley para casos muy concretos. | Muy raro | Sí, si no se cumplen requisitos legales |
Aunque el testamento ológrafo es legal, es mucho más recomendable acudir a notaría para evitar errores de forma y disputas legales posteriores. Si quieres saber más, aquí hablamos más de seguido sobre los tipos de testamentos españoles
¿Qué validez tiene un testamento?
Un testamento es válido si:
- El testador tiene plena capacidad legal en el momento de hacerlo.
- Se cumplen las formas legales exigidas por el tipo de testamento.
- Se respeta la legítima de los herederos forzosos.
- No se ha revocado por otro posterior.
Dato legal:
El último testamento válido anula automáticamente todos los anteriores. Esto es clave cuando existen testamentos contradictorios.
¿Es obligatorio hacer testamento?
No, pero sí es muy recomendable, redactar un testamento tiene ventajas a nivel logístico y fiscal. En caso de no haber testamento, la ley se encarga de repartir la herencia conforme al orden de sucesión intestada. Sin embargo, puede generar conflictos, mayor coste y trámites más largos.
¿Qué se puede incluir en un testamento?
- Designación de herederos y legatarios.
- Reparto concreto de bienes (casas, empresas, objetos de valor, etc.).
- Nombramiento de albacea (persona que se encarga de ejecutar la voluntad del testador).
- Disposición de mejora entre descendientes.
- Designación de tutor legal si hay menores o personas incapacitadas.
El impuesto sobre sucesiones y donaciones
El impuesto de sucesiones es un tributo que deben pagar los herederos al recibir bienes tras una herencia. Su cuantía depende del valor heredado, el grado de parentesco con el fallecido y la comunidad autónoma donde residía el causante. En muchas regiones hay bonificaciones que reducen drásticamente el importe a pagar.
¿Quién tiene que pagar el impuesto de sucesiones?
Toda persona que reciba bienes o derechos por herencia (o legado) debe tributar. No importa si es familiar directo o no.
La clave está en:
- El valor neto de lo heredado (bienes menos deudas).
- El grado de parentesco con el fallecido.
- La comunidad autónoma donde vivía el fallecido.
Tramos generales del impuesto estatal (base imponible)
Nota: cada comunidad aplica su propia tarifa y bonificaciones, pero estos son los mínimos de referencia estatal.
| Base Imponible (valor neto heredado) | Tipo impositivo (%) |
| Hasta 7.993,46 € | 7,65 % |
| 7.993,46 € – 31.956,87 € | 7,65 % – 10,20 % |
| 31.956,87 € – 79.881,03 € | 10,20 % – 15,30 % |
| 79.881,03 € – 239.389,13 € | 15,30 % – 21,25 % |
| Más de 239.389,13 € | Hasta 34 % |
Pero ojo: esto se ajusta según la comunidad, y en muchas no se paga nada si eres familiar directo.
Bonificaciones autonómicas (2025): resumen rápido por comunidad
| Comunidad Autónoma | Bonificación para hijos/cónyuge |
| Andalucía | 99 % (prácticamente exento) |
| Madrid | 99 % |
| Galicia | 100 % hasta 1 M€ |
| Comunidad Valenciana | 99 % |
| Cataluña | Tramos con reducción, pero no exento |
| Castilla y León | 99 % |
| Navarra y País Vasco | Tienen normativa propia y específica |
¿Cómo y cuándo se paga?
- Plazo: 6 meses desde el fallecimiento.
- Ampliable por otros 6 meses si se solicita dentro de los primeros 5 meses.
- Ampliable por otros 6 meses si se solicita dentro de los primeros 5 meses.
- Dónde: en la Agencia Tributaria de la comunidad autónoma donde vivía el fallecido.
- Cómo:
- Se presenta el modelo 650 (herencias sin testamento) o 660 + 650 (con testamento).
- Se calcula la base imponible restando deudas, cargas, y aplicando reducciones por parentesco.
- Se ingresa el impuesto (si corresponde).
- Se presenta el modelo 650 (herencias sin testamento) o 660 + 650 (con testamento).
¿Qué pasa si no se paga?
- Recargos por presentación fuera de plazo (5%, 10%, 15%, 20%).
- Intereses de demora.
- Posibles sanciones.
- Imposibilidad de inscribir bienes heredados en registros oficiales.
¿Se puede rechazar una herencia?
Sí. Una herencia puede rechazarse total y voluntariamente. También se puede aceptar «a beneficio de inventario», una fórmula legal que limita la responsabilidad del heredero frente a las deudas del fallecido. Es un derecho personal e irrevocable, y debe hacerse de forma expresa y formal.
Formas de aceptar o rechazar una herencia
| Opción | ¿Qué implica? | ¿Cómo se hace? |
| Aceptación pura y simple | El heredero recibe todos los bienes y deudas del causante. | Declaración ante notario. |
| Aceptación a beneficio de inventario | Solo se responde de las deudas hasta donde alcancen los bienes heredados. | Requiere inventario y escritura notarial. |
| Renuncia | El heredero rechaza totalmente la herencia. | Declaración formal ante notario o juez. |
Dato legal importante: si aceptas la herencia pura y simple, responderás con tu patrimonio personal si hay más deudas que bienes. Por eso es esencial valorar bien antes de firmar nada.
¿Por qué motivos se suele renunciar a una herencia?
- Exceso de deudas respecto al valor de los bienes.
- Conflictos familiares insalvables.
- Carga emocional o legal inasumible.
- No querer asumir obligaciones fiscales.
En 2024, más de 56.000 personas renunciaron a herencias en España, principalmente por endeudamiento del causante.
¿Cómo se renuncia legalmente a una herencia?
Paso a paso:
- Solicita certificado de defunción y de últimas voluntades.
- Si existe testamento, accede a él. Si no, identifica herederos según la ley.
- Acude a notaría o juzgado para declarar la renuncia.
- Firma una escritura pública de renuncia.
- El notario informará a Hacienda (puedes quedar exento del impuesto).
Consejo práctico: hazlo cuanto antes, preferiblemente dentro de los 6 meses desde el fallecimiento, para evitar complicaciones fiscales o administrativas.
¿Puedo rechazar una parte y quedarme otra?
No. La herencia se acepta o se rechaza en su totalidad, salvo casos muy específicos (por ejemplo, herencias con bienes situados en diferentes países).
Si te interesa esto, aquí hablamos más en detalle sobre renunciar a herencias y sus implicaciones legales.
Problemas comunes en la división de herencias (y cómo resolverlos)
Los conflictos en una herencia suelen surgir por falta de testamento, bienes indivisibles (como una vivienda), herederos enfrentados o interpretación ambigua de la voluntad del fallecido. Existen vías legales y notariales para resolver estos problemas: desde la partición judicial hasta la venta forzosa del bien.
Causas frecuentes de conflictos hereditarios
| Problema habitual | ¿Por qué ocurre? | Solución habitual |
| Falta de testamento | Herederos no saben cómo repartir los bienes | Sucesión intestada por ley |
| Bienes indivisibles (vivienda, empresa familiar) | Todos quieren lo mismo y no se puede dividir | Compraventa, sorteo, adjudicación o venta judicial |
| Disputa entre herederos | Conflictos personales, desconfianza o intereses enfrentados | Intervención notarial o judicial |
| Ocultación o uso indebido de bienes | Un heredero se adelanta y usa un bien como si fuera suyo | Reclamación judicial / demanda |
| Albacea parcial o ineficaz | Nombrado por el testador, pero no actúa con neutralidad | Solicitud de rendición de cuentas o sustitución legal |
¿Qué hacer si no hay acuerdo entre los herederos?
- Intentar una mediación notarial
El notario puede actuar como mediador y proponer una partición amistosa entre los herederos. - Solicitar partición judicial de la herencia
Si no hay acuerdo, cualquier heredero puede acudir al juzgado para solicitar la intervención de un contador-partidor judicial. - Venta del bien y reparto del dinero
En caso de vivienda común o bienes indivisibles, se puede solicitar la subasta judicial o venta en proindiviso y repartir el dinero obtenido.
¿Qué es un proindiviso y por qué genera tanto lío?
Un proindiviso es cuando varias personas comparten la propiedad de un bien, pero ninguna tiene un uso exclusivo sobre él. Por ejemplo, tres hermanos heredan una casa y no se ponen de acuerdo sobre venderla o alquilarla. Nadie puede obligar al otro a quedarse, pero cualquiera puede forzar la venta judicial del bien.
Si no hay acuerdo sobre un proindiviso, cualquier copropietario puede acudir a juicio para solicitar la extinción del condominio (es decir, que se venda y se reparta).
Echa un vistazo a este post donde hablamos más detalladamente sobre qué es el proindiviso si quieres saber más.
¿Qué hacer si uno de los herederos se niega a firmar?
- Se puede iniciar un procedimiento judicial de división de herencia.
- El juez puede nombrar a un contador-partidor para que realice la partición sin necesidad del consentimiento de todos.
Documentación clave para tramitar una herencia (con checklist y descargables)
Para tramitar una herencia en España necesitas recopilar varios documentos clave: desde el certificado de defunción hasta el inventario de bienes.
La mayoría pueden obtenerse online o en registros públicos. Sin estos papeles no se puede aceptar la herencia ni pagar impuestos, así que conviene tenerlos cuanto antes.
| Documento | ¿Para qué sirve? | ¿Dónde se consigue? |
| ✅ Certificado de defunción | Acredita oficialmente el fallecimiento | Registro Civil |
| ✅ Certificado de últimas voluntades | Permite saber si hay testamento y ante qué notaría | Ministerio de Justicia (online/presencial) |
| ✅ Copia autorizada del testamento | Imprescindible si hay testamento | Notaría donde se otorgó |
| ✅ Certificado de seguros con cobertura de fallecimiento | Por si hay seguros de vida vinculados a herencia | Ministerio de Justicia |
| ✅ Libro de familia | Para acreditar parentesco legal | Documento familiar físico o Registro Civil |
| ✅ DNI del causante y de los herederos | Para identificación y trámites | DNI físico |
| ✅ Certificados bancarios | Para conocer saldos a heredar | Entidades financieras |
| ✅ Nota simple del Registro de la Propiedad | Para acreditar bienes inmuebles | Registro de la Propiedad (con CSV opcional) |
| ✅ Inventario de bienes y deudas | Para aceptar la herencia y liquidar impuestos | Elaboración propia / notaría / gestoría |
¿Qué pasa si falta alguno?
- Sin certificado de defunción → no puedes iniciar nada.
- Sin certificado de últimas voluntades → no puedes saber si hay testamento.
- Sin testamento → se aplica la ley de sucesión intestada, lo que puede complicarlo todo.
- Sin inventario → no puedes calcular el impuesto ni aceptar a beneficio de inventario.
Gestionar una herencia es complicado. Pero cuando falta un heredero o nadie sabe cómo localizarlo, la cosa se puede eternizar durante años: pisos bloqueados, cuentas congeladas, comunidades de vecinos sin cobrar, patrimonios en el limbo legal.
Si eres:
- Un abogado que necesita desbloquear una sucesión sin repartir.
- Un notario con expediente abierto pendiente de llamamientos.
- Un administrador de fincas con una propiedad heredada que nadie reclama.
- El presidente de una comunidad de vecinos que no cobra cuotas por un piso abandonado.
- Un particular que necesita ayuda para resolver una situación determinada;
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