
El orden de sucesión en España, regulado por el Código Civil, establece un marco legal preciso para determinar quiénes tienen derecho a heredar los bienes de una persona fallecida. Una cuestión recurrente en este ámbito es la relativa a los primos hermanos.
Para comprender si los primos hermanos pueden ser considerados herederos, es necesario analizar en profundidad el concepto de parentesco colateral, así como los diferentes tipos de sucesión (intestada y testada). Además, resulta esencial tener en cuenta la figura de los herederos forzosos y la legítima, que establecen límites a la libertad de testar.
En este post explicaremos bajo qué circunstancias los primos hermanos pueden acceder a una herencia, considerando siempre las particularidades de cada caso y las posibles implicaciones fiscales derivadas del impuesto de sucesiones y donaciones.
El papel del Código Civil en la sucesión hereditaria
El Código Civil Español, en su Libro III, Título III, “De las sucesiones”, establece un marco legal exhaustivo para regular la sucesión hereditaria.
Este cuerpo normativo, que abarca desde el artículo 657 hasta el 1087, define el orden en que las personas heredan los bienes de un fallecido, considerando tanto a los parientes directos (descendientes, ascendientes, cónyuge) como a los colaterales (hermanos, tíos, primos).
Dentro de este marco legal, se establecen conceptos fundamentales como:
- Sucesión intestada: aquella en la que el fallecido no ha dejado testamento.
- Herederos forzosos: aquellos que tienen derecho a una porción determinada de la herencia, independientemente de la voluntad del testador.
- Legítima: la porción de la herencia que corresponde a los herederos forzosos. En este post sobre el tercio de la legítima hablamos más en profundidad sobre ello.
- Derecho de representación: el derecho de los descendientes de un heredero fallecido a ocupar el lugar de este en la herencia.
Para determinar los derechos hereditarios de los primos hermanos, es esencial analizar su posición dentro del orden sucesorio establecido por el Código Civil, considerando siempre la existencia o ausencia de testamento y la presencia de otros herederos con mayor grado de parentesco.
¿Cómo pueden heredar los primos hermanos en España?
En el sistema legal español, los primos hermanos son considerados parientes colaterales de cuarto grado. Te recomendamos que, antes de seguir, eches un vistazo a cómo funcionan los grados de parentesco a la hora de heredar, para que tengas una visión más clara de lo que viene después.
Su derecho a heredar está condicionado por la existencia o ausencia de otros familiares más cercanos y por la presencia o no de un testamento.
Sucesión intestada (sin testamento)
Cuando una persona fallece sin dejar testamento, se aplica la sucesión intestada, donde la ley establece un orden de prelación para determinar quiénes son los herederos. Según el Código Civil Español, el orden sucesorio es el siguiente:
- Descendientes: hijos y nietos.
- Ascendientes: padres y abuelos.
- Cónyuge viudo.
- Hermanos e hijos de hermanos (sobrinos).
- Demás parientes colaterales hasta el cuarto grado: aquí se incluyen los primos hermanos.
Por lo tanto, los primos hermanos solo tienen derecho a heredar en ausencia de descendientes, ascendientes, cónyuge, hermanos y sobrinos. Es decir, su derecho se activa únicamente cuando no hay familiares más cercanos en la línea sucesoria.
Sucesión testada (con testamento)
Si el fallecido dejó un testamento, este prevalece sobre la sucesión intestada.
El testador tiene la libertad de designar a los herederos que desee, incluyendo a primos hermanos, siempre que se respeten las legítimas de los herederos forzosos, si los hubiera. En ausencia de herederos forzosos, el testador puede disponer libremente de la totalidad de su patrimonio.
Es importante tener en cuenta que, al ser parientes de cuarto grado, los primos hermanos no gozan de las mismas ventajas fiscales que los herederos más cercanos. El impuesto de sucesiones y donaciones varía según la comunidad autónoma, pero generalmente, para los parientes colaterales de cuarto grado, las reducciones y bonificaciones son menores, lo que puede resultar en una carga fiscal más elevada.
¿Cómo se hace la declaración de herederos para casos de primos hermanos?
Para que los primos hermanos sean reconocidos como herederos en una sucesión intestada (sin testamento), es necesario seguir un procedimiento legal específico denominado declaración de herederos abintestato.
Estos serían los pasos generales que habría que seguir:
- Obtener el certificado de defunción: este documento oficial acredita el fallecimiento y es indispensable para iniciar cualquier trámite sucesorio.
- Solicitar el certificado de actos de últimas voluntades: este certificado confirma si el fallecido otorgó testamento y, en caso afirmativo, ante qué notario. Si no existe testamento, se procederá con la declaración de herederos.
- Reunir la documentación que acredite el parentesco y contactar con los herederos: es fundamental presentar documentos que demuestren la relación de parentesco con el difunto, como certificados de nacimiento, matrimonio y el libro de familia. Después, una vez reunida, los herederos potenciales deben ser contactados para seguir con el proceso sucesorio.
- Elegir notario para la declaración de herederos: la declaración de herederos debe realizarse ante un notario del último domicilio o residencia habitual del fallecido, donde se encuentre la mayor parte de su patrimonio o donde ocurrió el fallecimiento.
- Tramitar el acta de declaración de herederos: ya ante el notario, se inicia un expediente en el que se identifican a los posibles herederos. Es necesario contar con la declaración de dos testigos que conocieran al fallecido y puedan acreditar la veracidad de los hechos presentados.
- Día de publicación y plazo de alegaciones: una vez redactada el acta, se publica para que posibles interesados puedan presentar alegaciones en un plazo determinado. Si no hay oposición, el notario procederá a cerrar el acta.
- Obtener el acta de declaración de herederos: concluido todo el proceso, el notario emite el acta que reconoce oficialmente a los herederos legales, en este caso, a los primos hermanos.
Dada la complejidad de las leyes sucesorias y las variaciones fiscales entre comunidades autónomas, es recomendable buscar asesoramiento legal especializado para gestionar adecuadamente una herencia en la que estén involucrados primos hermanos. De esta manera, sus derechos y su patrimonio legal heredado quedarían garantizados a nivel legal.
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Referencias utilizadas
- Código Civil Español. (1889). Real Decreto de 24 de julio de 1889 por el que se publica el Código Civil. Recuperado de https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1889-4763
- Conceptos Jurídicos. (s.f.). Declaración de herederos: qué es, cuándo y cómo se tramita. Recuperado de https://www.conceptosjuridicos.com/declaracion-de-herederos/
- Ministerio de Hacienda. (s.f.). Procedimientos de declaración administrativa de la Administración General del Estado como heredera abintestato. Recuperado de https://www.hacienda.gob.es/es-ES/Areas%20Tematicas/Patrimonio%20del%20Estado/Gestion%20Patrimonial%20del%20Estado/Paginas/Abintestato/Abintestatos.aspx
- Venfort. (2023). ¿Los primos tienen derecho en una herencia en España? Recuperado de https://venfort.com/es/primos-tienen-derecho-en-una-herencia-en-espana/
- Derecho en Zapatillas. (2022). Los primos en la sucesión y la herencia. Recuperado de https://www.derechoenzapatillas.com/2022/los-primos-en-la-sucesion-y-la-herencia/
- Legal Today. (2017, 7 de febrero). Parentesco según el Código Civil: Grados de parentesco. Recuperado de https://www.legaltoday.com/practica-juridica/derecho-civil/familia/parentesco-segun-el-codigo-civil-grados-de-parentesco-2017-02-07/
- Sede Electrónica Central. (s.f.). Declaración administrativa de la Administración General del Estado como heredera abintestato. Recuperado de https://sede.administracion.gob.es/PAG_Sede/ServiciosElectronicos/RegistroElectronicoGeneral.html
